Constitucion

Artículo 306.

Texto Legal

- La fuerza pública prestará su concurso a las Juntas e Intendentes Municipales y a las Juntas Locales, siempre que lo requieran para el cumplimiento de sus funciones. SECCION XVII DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CAPITULO I

Preguntas Frecuentes

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